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La nueva Ley Energética de temperaturas en centros de trabajo

La temperatura de los centros de trabajo debe ajustarse a la nueva normativa de ahorro energético.

Las empresas han de tener en cuenta los parámetros de temperatura en función del tipo de trabajo.

La norma establece, concretamente, que se limitará la temperatura del aire en los recintos calefactados a 19 ºC y en los refrigerados no será inferior a 27 ºC, manteniendo la humedad relativa entre el 30 % y el 70 %. Unas temperaturas que serán de aplicación en el interior de los establecimientos habitables acondicionados, situados en los edificios y locales destinados a uso administrativo, comercial, de ocio y restauración, así como estaciones de transporte y aeropuertos, quedando exentos centros sanitarios y hospitalarios y centros educativos.

La normativa indica, asimismo, que los umbrales de temperatura deberán ajustarse para cumplir lo previsto en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y que aquellos recintos que justifiquen la necesidad de mantener condiciones ambientales especiales o dispongan de una normativa específica, no tendrán que cumplir dichas limitaciones de temperatura.
Dicho Real Decreto regula las condiciones que deben cumplirse en los locales de trabajo cerrados, y establece que la temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre 17 y 27 ºC y la temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25 ºC.

Por otro lado, la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los lugares de trabajo, señala que la temperatura óptima para locales cerrados donde se realicen trabajos sedentarios estaría entre los 20 ºC y los 24 ºC en invierno, y entre los 23 ºC y los 26 ºC en verano y, para el caso de actividades ligeras, los rangos se situarían entre los 21 ºC y 25 ºC para verano y los 16 ºC y 22 ºC para invierno.

¿Crees que esto funcionará realmente?

Desde Frío Galicia consideramos que la para la solucionar la parte energética, SI, porque con las modificaciones del set de temperatura que marca la nueva Normativa, los equipos ya sean domésticos, comerciales e industriales, trabajarán menos horas, lo que se reflejará en el consumo anual y por tanto en el ahorro energético.
Además incrementará la vida útil de los equipos debido a que si trabajan menos horas, el desgaste de los materiales será menor y aumentará su vida útil, esto solo, para complementarlo y mejorarlo puede ir de la mano de la realización de los mantenimiento preventivos porque un buen mantenimiento periódico reduce los consumos y mejora los rendimiento de los equipos aumentando el COP y la EFICIENCIA ENERGÉTICA.

¿Cómo afectará esto a las ventas de los damnificados?

Desde el punto de vista de las repercusiones de los damnificados, comercios, tiendas, centros de trabajo etc. , aún está por ver.

Lo que está claro es que una temperatura de confort ayuda a que los clientes de los locales comerciales se animen si se encuentren a gusto en los locales y si además, tenemos en cuenta que no todas las personas tenemos el mismo termostato, de hecho, la temperatura de confort no es igual para hombres que para las mujeres, tenemos un termostato diferente , y dentro de cada sexo tampoco todos se miden por igual, por eso aún está por demostrar si la medida de ahorro energético es eficaz, porque todo depende si baja el consumo y por tanto menos facturación, menos beneficios, y por tanto menos recaudación del estado.

 

Desde FRÍO GALICIA consideramos que a nivel de ahorro energético es una buena medida pero que los daños colaterales aún están por ver, por eso aún no nos podemos aventurar a garantizar que la medida sea 100% efectiva.